ANDRÉS VILLAR

Política Exterior y Proceso Constituyente

Uno de los supuestos más probables es que el proceso constituyente, y el régimen político resultante, terminará con el hiper-presidencialismo actual. Como consecuencia, se producirá una transición del poder desde el Ejecutivo al Legislativo. De qué magnitud será aquello, aún no lo sabemos, ya que estará sujeto a muchos intereses y de qué manera decanten las correlaciones de fuerzas en el proceso.

Lo anterior, abre el escenario para discutir ¿cuáles serían las ventajas estratégicas de un Congreso con mayores atribuciones en la formulación de la política exterior? ¿Qué elementos deben estar presentes en la constitución o no? En momentos que la ciudadanía demanda mayores espacios de participación, las fuerzas progresistas tienen la responsabilidad de iniciar un debate qué de luces que aspectos son necesarios discutir y priorizar en el marco del proceso constituyente. 

En general, el poder Legislativo tiene competencias establecidas constitucionalmente que abarcan desde  la autorización al Presidente/a para declarar la guerra o la paz, aprobación de los tratados negociados y firmados por el Presidente/a, participación en el nombramiento de embajadores, interpelación de funcionarios y el otorgamiento de permisos para el ingreso de tropas extranjeras. 

Ahora bien, existe el consenso teórico de interpretar la política exterior como una manifestación histórica de la voluntad del Jefe de Estado. Sin embargo, dicho obedece más bien a un efecto de delegación de atribuciones por parte del Legislativo que inspiró el diseño de la constitución de Estados Unidos para hacer más efectiva gestión de la política exterior que luego influyó muchas constituciones. No es de extrañar que ese espíritu haya estado presente en el caso de Chile. Con todo, la situación actual amerita que el proceso de toma de decisiones en política exterior sea más participativo y con más mecanismos de control. 

Lo anterior, no implica desconocer la realidad de Chile y de la mayoría de las democracias modernas en donde el Ejecutivo y los Jefes de Estado son los que formulan e implementan la política exterior, sustentados principalmente en nociones de eficacia y eficiencia que trascienden a las disputas políticas coyunturales del día a día que observamos a nivel domésticos. Hay un sentido de responsabilidad superior que se delega en la figura presidencial ya sea en el presidencialismo estadounidense o el semi-presidencialismo francés celosos de su autonomía en materia de política exterior. No obstante, estos dos países, por nombrar algunos, han sido capaces de generar mecanismos de control y balance de poder en distintas dimensiones del aparato estatal que están lejos de la realidad de Chile. 

Bajo esos principios orientadores de eficacia y participación es que deberíamos enmarcar nuestro debate y propuestas. Ya que una mayor participación relativa del Congreso no sólo contribuye a una mejor rendición de cuentas de esta política pública, sino que genera incluso algunos efectos concretos y convenientes para el Estado. 

En este sentido, sería legítimo revisar la facultad exclusiva del Ejecutivo para denunciar un tratado generando una mayor participación del Congreso en las etapas de negociación. Asimismo, se podría establecer que las negociaciones y firma de tratados deberían tener una exigencia de dos tercios de los senadores presentes lo cual podría constituir una temible barrera para el Ejecutivo. Pero generaría un incentivo poderoso a la moderación, la consulta informal, la superación previa de diferencias, en un sistema donde difícilmente un grupo de partidos políticos fuese capaz de capturar la mayoría calificada de dos tercios. 

Un segundo aspecto, y que estuvo en la constitución de 1925, es la aprobación de embajadores por parte del Congreso. Existen muy buenas razones para dudar de aquella propuesta, desde la una inevitable politización de los nombramientos hasta problemas de cuánto tiempo podría tomar para los senadores aprobar dichos nombramientos. La distribución del poder es compleja pero no por ello nos puede inhibir la posibilidad de explorar opciones y recoger experiencias de otros países. Por ejemplo, Estados Unidos tiene un sistema donde el Comité de Relaciones Exteriores realiza una exhaustiva evaluación de los candidatos y aquellos que logran pasar ese filtro, luego son presentados y aprobados por el Senado en una lista conjunta que genera mayores incentivos para su aprobación. Una manera para evitar dilaciones en el Congreso sería la establecer un máximo de tres meses para su evaluación y aprobación, de no cumplir esa fecha el Ejecutivo quedaría con libertad para nombrar y designar. Una segunda iniciativa para evaluar los nombramientos podría ser crear un Comité Independiente que sea integrado por académicos, expertos, ex autoridades y miembros de la sociedad civil. 

En definitiva, tenemos que ser capaces de hacernos eco de la demandas de participación con creativa y responsabilidad, pero siempre con la lógica que el status no tiene futuro.

(Entrepiso, 29 de Septiembre de 2020)